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Pregunta 1 Pregunta / Aclaración :
Sres. Elevamos nuestra voz de protesta frente al planteamiento del tiempo de entrega de este proceso Respuesta / Aclaración ::
Sres.Basados en términos de igualdad como lo especifica el Art. 4 de la LOSNCP; previo el
lanzamiento de este proceso, se realizó un muestreo en base a cotizaciones entre proveedores que
efectivamente tienen el producto listo para su entrega inmediata. Si bien en cierto que el producto
ya lo habíamos cotizado, pues, es un proceso normal interno para determinar el precio referencial,
teniendo como resultado de esto la satisfacción de que los proveedores a quienes se les cotizó lo
tienen en stock. Aplicando el principio de transparencia y al determinar que varios proveedores
tienen el producto y el mismo es normalizado, se realiza el proceso dinámico establecido por el
INCOP, lo que permitirá a que todos los proveedores que tienen en producto puedan participar con el
Estado, teniendo así presente el principio de oportunidad.Para mayor respaldo de lo escrito, las
cotizaciones se encuentran en el expediente. Fecha Pregunta :
2012-08-15 18:04:14 Proveedor que realizó la pregunta: SOLUCIONES PARA HOTELERIA Y GASTRONOMIA EQUINDECA CIA. LTDA. Archivo(s) Relacionado(s) : RESPUESTA1.docx(ACLARACION) |
Pregunta 2 Pregunta / Aclaración :
GRACIAS POR LA INVITACION PERO TODOS LOS PLAZOS ESTAN MAL, ADEMAS NO SE DICE DE QUE MEDIDAS DEBE SER Respuesta / Aclaración ::
Buen día Sres.Los plazos están determinados a lo que el sistema del INCOP establece, apegados a la
Ley, a ciertos parámetros internos y a la disponibilidad del producto en el mercado.Las medidas del
rodillo es la siguiente:?2.86 metrosLe agradecemos su participación. Fecha Pregunta :
2012-08-15 22:41:28 Proveedor que realizó la pregunta: MARTIMPEX S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : RESPUESTA2.docx(aclaracion) |
Pregunta 3 Pregunta / Aclaración :
SEÑORES HOSPITAL LEON BECERRA. ESTA CLARO QUE YA TIENEN NEGOCIADO EL RODILLO PLANCHADOR, POR EL Respuesta / Aclaración ::
Buen día Sres.Si se dará cuenta, en las respuestas anteriores hemos dejado bien claro lo referente
a los tiempos de entrega. En cuanto al anticipo, en ninguna parte de la Ley o el Reglamento del
Sistema Nacional de Contratación Pública establece la obligación de dar anticipo para la
adquisición de un bien. Esto lo determina la Entidad contratante.Si usted siente que existe algún
tipo de anormalidad en el proceso, está en todo su derecho de tomar las medidas pertinentes como lo
especifica la Ley, de igual forma nosotros responderemos ante el Estado, basados en la legalidad del
mismo y con los documentos de soporte que justifican el accionar de nuestra Entidad. Recuerde que en
el País no existen solamente dos o tres proveedores para este producto, sino muchos más.Le
agradecemos su participación. Fecha Pregunta :
2012-08-16 09:24:06 Proveedor que realizó la pregunta: Leon Misnaza Francisco Franklin Archivo(s) Relacionado(s) : RESPUESTA3.docx(aclaracion) |