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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:SIC-490-2011
OBJETO DEL PROCESO:Selección de proveedores para la provisión de medicamentos a publicarse en el repertorio de medicamentos.
DESCRIPCIÓN:Oxacilina-Polvo para inyección-1 g
 
 
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Pregunta 6

Pregunta / Aclaración : EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA EN EL LITERAL 4.5 2DO PÁRRAFO y 4.8 en 1er y
10mo párrafo REFERENTE A LOS PEDIDOS SOLICITAMOS Que se establezca un monto mínimo de pedido
de los itemes adjudicados, ya que al gestionar pedidos que no superen ni los costos de transporte,
se perdería tiempo y dinero tanto para los proveedores como para las Áreas de Salud y Hospitales,
ya que la Institución podría solicitar el monto de $10,00 y se tendrá que movilizar personal
para cumplir el contrato y esto disminuye la eficiencia de respuesta del proveedor que se podría
ocupar en áreas que tengas pedidos mayores o emergentes además que aumenta extraordinariamente los
gastos de logística, por lo cual en estos casos que los requerimientos cuando sean de montos
ínfimos se realicen cada 3, 6 meses o una vez al año, conforme a la rotación y consumo real de la
Institución

Respuesta / Aclaración :: En la primera adquisición realizada por una entidad contratante el pedido no podrá ser mayor al 15%, es decir el monto ya está establecido y no se podrá modificar, para establecer el monto mínimo

Fecha Pregunta : 2011-07-27 20:37:22

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Pregunta 7

Pregunta / Aclaración : EN LA SECCION I NUMERAL 1 OPCION a) DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA DONDE INDICA
Y EN LA SECCION IV NUMERAL 4.5 FORMAS DE PAGO OPCION a). segundo punto. SE SOLICITA APLICAR
UNICAMENTE LA OPCION B DEBIDO A: Indica textualmente: “A partir de la segunda orden de compra,
se realizarán liquidaciones mensuales sobre cantidades efectivamente consumidas, del “stock”
mínimo solicitado en forma mensual.” Esto contrapone las leyes y derechos de los proveedores ya
que se está dando el marco de consignación, al firmar un contrato o convenio, el estado conforme
a la ley debe realizar los pedidos de los productos siempre y cuando cuente con el presupuesto
asignado así como conforme a las necesidades reales, al ser facturado por el proveedor se
convierte en una obligación para la Institución.

Respuesta / Aclaración :: En ningún momento en los pliegos se habla de consignación y los pagos se realizarán contra entrega según la cantidad efectivamente entregada de medicamentos

Fecha Pregunta : 2011-07-27 20:37:35

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Pregunta 8

Pregunta / Aclaración : Continuando con la pregunta 7 esas facturas al ser emitidas deben cancelarse los impuestos y
declararse al SRI, por tanto es imposible porque se manejaría el tema de concesión de cancelar
solo lo que la entidad consuma en un periodo de un mes. por ejemplo: Una Entidad solicita 1000
frascos y al final del mes solo se cancelen de 100 frascos. Esta opción a) el Proveedor al no
tener el retorno de la inversión afectaría a la liquidez de las empresas por ende a importación
y producción; Como responsabilidad de los Funcionarios de la Institución y protección al
proveedor. En la LOSNCP el artículo . Art. 101.- Retención indebida de pagos, como indica la ley
y hasta el presente se han incluido en todos los contratos del sector público,

Respuesta / Aclaración :: se cancelará de acuerdo a los pedidos realizados por la entidad contratante en concordancia con el stock minimo

Fecha Pregunta : 2011-07-27 20:37:51

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Pregunta 9

Pregunta / Aclaración : Debido a que existes varias Instituciones, que en muchas ocasiones no han respetado los contratos o
convenios realizados en la Adjudicación de productos a nivel nacional, adquiriendo a otros
proveedores que no están en el contrato o convenio, Se solicita se establezcan sanciones dentro
del contrato para las entidades que no respeten convenios y procedan a adquirir producto adjudicado
a través de la subasta inversa corporativa a otros laboratorios.

Respuesta / Aclaración :: Es obligatorio para las entidades contratantes realizar las adquisiciones de fármacos a través del repertorio de medicamentos. Actualmente se está coordinando con las entidades contratantes para poner en conocimiento la disposición establecida en el artículo 79 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

Fecha Pregunta : 2011-07-27 20:38:21

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Pregunta 10

Pregunta / Aclaración : EN LA SECCION IV LITERAL 5.5 Los registros sanitarios casi en general, para los productos
nacionales y los medicamentos genéricos es de 24 meses de caducidad desde su fabricación y debido
a los procesos de cuarentena dura aproximadamente 15 días de y hasta la comercialización puede
tomar entre 30 a 60 días, por lo que es casi imposible, entregar con caducidad de 18 meses, como
indica en la ficha técnica del medicamento ya que con ello se estaría MARGINANDO a la producción
nacional así también a los genéricos.

Respuesta / Aclaración :: Deberá remitirse a la aclaración y modificación del numeral 5.5 de los pliegos de contratación.

Fecha Pregunta : 2011-07-27 20:39:41

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