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Pregunta 6 Pregunta / Aclaración :
1.En la tabla de cantidades y unidades de los Rubros consta el ítem 29 Plan de Manejo Ambiental, Respuesta / Aclaración ::
El rubro 29. Plan de manejo Ambiental, obedece como se indica en las especificaciones técnicas a la
implementación del mismo, no a la obtención de la licencia ni la realización de los estudios.
Favor revisar las especificaciones técnicas. Fecha Pregunta :
2012-06-06 09:05:11 Proveedor que realizó la pregunta: FOPECA S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 7 Pregunta / Aclaración :
3.En el numeral 3.12.3 al final se indica que la amortización del anticipo será devengado en un Respuesta / Aclaración ::
De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2 de la Resolución INCOP 035-2009, de 28 de octubre de 2009,
las Condiciones Generales de los pliegos no han sido variadas a la de los modelos de pliegos
aprobados en la misma resolución, sin embargo la amortización del anticipo obedece a lo estipulado
en el Decreto Ejecutivo No. 791 publicado en el Registro Oficial No. 469 de 12 de junio de 2011. En
ese sentido se establece que la forma de amortización del anticipo será la descrita en el numeral
4.4.1 Anticipo de los pliegos publicados para el proceso. Fecha Pregunta :
2012-06-06 09:05:45 Proveedor que realizó la pregunta: FOPECA S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 8 Pregunta / Aclaración :
4.En los pliegos no se ha adjuntado el formulario referente a la desagregación tecnológica Respuesta / Aclaración ::
La convocatoria del proceso establece que los invitados al proceso serán personas naturales y
jurídicas nacionales, en relación con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución INCOP
No. 035-09 del 28 de octubre de 2009, que modifica el numeral 5.1 Procedimiento Metodológico de la
METODOLOGÍA DE LA DESAGREGACIÓN TECNOLÓGICA y COMPRA DE INCLUSIÓN, que consta como Anexo de la
Resolución INCOP No. 031-09 de 31 de agosto del 2009, añadiéndose lo siguiente "Si, a
consideración de la entidad contratante, se convoca a participar únicamente a proveedores de
origen nacional, no será necesario realizar el estudio de desagregación tecnológica". Por lo
expuesto se establece que no es necesaria la realización del estudio de desagregación
tecnológica. Las ofertas deben presentarse únicamente con los formularios solicitados en la
sección IV.- Condiciones específicas, que son los detallados en la Sección VI de los pliegos. Fecha Pregunta :
2012-06-06 09:06:13 Proveedor que realizó la pregunta: FOPECA S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 9 Pregunta / Aclaración :
5.Respecto al rubro 705-(1), MARCAS EN PAVIMENTO, 60.771.15 ML, el mismo que está en la tabla de Respuesta / Aclaración ::
Se deberá regir a las especificaciones técnicas en lo pertinente a franjas de pavimento del tipo
plástico puestas en frío. Fecha Pregunta :
2012-06-06 09:06:27 Proveedor que realizó la pregunta: FOPECA S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 10 Pregunta / Aclaración :
6.En la tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios en el ítem 23 código Respuesta / Aclaración ::
Se deberá regir a las especificaciones técnicas en lo pertinente a franjas de pavimento del tipo
plástico puestas en frío. Fecha Pregunta :
2012-06-06 09:06:44 Proveedor que realizó la pregunta: FOPECA S.A. Archivo(s) Relacionado(s) : |