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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:005-2008-CA
OBJETO DEL PROCESO:ELABORACIÓN DE ADHESIVOS DE SEGURIDAD PARA LA REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DURANTE EL AÑO 2009
DESCRIPCIÓN:Se invita a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras legalmente domiciliadas y capacitadas para ejercer actividades de comercio en el Ecuador, a fin de que presenten ofertas para la contratación de adhesivos de seguridad para la revisión técnica vehicular obligatoria en el Distrito Metropolitano de Quito durante el año 2009, de acuerdo a las características y especificaciones que se indican en el archivo adjunto.
 
 
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Pregunta 1

Pregunta / Aclaración : Me pregunto si el sistema de compras públicas es gratuito por principio cual es la necesidad de
requerir derechos de inscripción si en procesos de mayor valor no requieren valores extras.???

Respuesta / Aclaración :: En atención a su consulta, me permito informarle que CORPAIRE es una institución de derecho privado, tal como se detalla en el punto 2.1 PROPÓSITO Y ALCANCE de los documentos precontractuales del referido concurso, en dónde literalmente dice: "Es importante tener en cuenta que debido a la naturaleza jurídica de la Corporación, su marco regulatorio y por ende esta contratación, se rigen por las normas de derecho privado. En tal virtud, ninguna de las normas relativas a la contratación pública es aplicable ni asimilable". .....

Fecha Pregunta : 2008-08-12 17:50:15

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Pregunta 2

Pregunta / Aclaración : En días anteriores entró en vigencia la Nueva Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, donde existen nuevas regulaciones para el
sector público y para las empresas de economía mixta. Por tanto ¿este concurso se seguirá
rigiendo por normas de derecho privado como lo determinan las bases? Si es así, ¿el oferente
deberá presentar el Registro Único de Proveedores para participar dentro de este concurso?

Respuesta / Aclaración :: Pregunta repetida, ver respuesta de pregunta 2

Fecha Pregunta : 2008-08-22 16:51:56

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Pregunta 3

Pregunta / Aclaración : CONSULTA 1: En el numeral 2. INFORMACIÓN GENERAL, sub numeral 2.1. PROPÓSITO Y ALCANCE
indica: “Es importante tener en cuenta que debido a la naturaleza jurídica de la Corporación,
su marco regulatorio y por ende esta contratación, se rigen por las normas de derecho privado. En
tal virtud, ninguna de las normas relativas a la contratación pública es aplicable ni
asimilable”. Consulta: En días anteriores entró en vigencia la Nueva Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, donde
existen nuevas regulaciones para el sector público y para las empresas de economía mixta. Por
tanto ¿este concurso se seguirá rigiendo por normas de derecho privado como lo determinan las
bases? Si es así, ¿el oferente deberá presentar el Registro Único de Proveedores para participar
dentro de este concurso?

Respuesta / Aclaración :: En efecto, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública fue promulgada en el Registro Oficial N° 395, de 4 de agosto de 2008. Adicionalmente, el Reglamento a la referida Ley fue promulgado en el Registro Oficial N° 399, de 8 de los mismos mes y año. Posteriormente, el 11 de agosto de 2008, el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratación Pública, dictó la Resolución INCP N° 001-08, en cuyo artículo 2, en la parte pertinente, textualmente manifiesta: Art. 2.- Hasta que el Instituto Nacional de Contratación Pública emita la resolución correspondiente, facúltase a las entidades que antes de la vigencia de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública no se regían por la Ley de Contratación Pública, a aplicar los procedimientos que utilizaban en función de sus leyes y normas particulares. Por todo lo expuesto, este proceso de contratación se regirá por las normas internas de CORPAIRE.

Fecha Pregunta : 2008-08-22 16:55:04

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Pregunta 4

Pregunta / Aclaración : Sugerencia: El costo de producción del adhesivo varía de acuerdo a los niveles de seguridad que se
desean implementar y además, es necesario establecer las mismas dimensiones de las seguridades para
poder equiparar cotizaciones. Por tanto, sugerimos que los hologramas tengan un tamaño máximo de
1,00cm x 1,00cm.. Además sugerimos que éstos cumplan con las siguientes especificaciones
mínimas: a) Tramas de seguridad tipo papel moneda; b) Microtextos; c) Imágenes en 2D/3D y d)
Logotipos en True Color.

Respuesta / Aclaración :: La calificación de las ofertas se realizará de acuerdo a los puntajes establecidos en el acápite 5.1.5. Los oferentes tienen libertad para determinar los elementos, las técnicas y las formas que satisfagan dichos puntajes.

Fecha Pregunta : 2008-08-22 16:55:48

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Pregunta 5

Pregunta / Aclaración : “Los adhesivos deberán tener una vida útil promedio mínima de 30 meses, sin la pérdida de
ninguna de sus propiedades originales…” Consulta: En el concurso emitido por la CORPAIRE para
los adhesivos utilizados en el año 2007 y 2008, se adjudicó a la misma empresa para elaborarlos,
los mismos que no han cumplido con la vida útil promedio y presentan hoy en día fallas en sus
propiedades originales. Por lo contrario, las empresas adjudicadas para los adhesivos del 2005 y
2006, han superado la expectativa de vida útil, lo que determina una diferencia de la calidad y
costo utilizada en la fabricación de los adhesivos. Por tanto, sugerimos que se castigue con una
puntuación a ser determinada por la Institución para las ofertas que utilicen este tipo de
material que no cumple con la vida útil mínima que exige esta convocatoria.

Respuesta / Aclaración :: Dado que este no es un requerimiento optativo sino imperativo, CORPAIRE al igual que en contrataciones anteriores, ha establecido una garantía económica de cobro parcial por la eventual mala calidad de los adhesivos la misma que se ejecuta de acuerdo a lo especificado en las bases, por lo que la sugerencia no es procedente. Por ende, los materiales de los adhesivos deben ser aquellos que el oferente considere cumplirán con lo especificado en las bases. Los comentarios respecto a contrataciones anteriores se consideran una opinión particular de la empresa que consulta, orientada a desprestigiar a su competidor y por tanto, nos abstenemos de emitir de momento criterio alguno respecto de tales afirmaciones.

Fecha Pregunta : 2008-08-22 16:56:06

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