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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:LICSG-GADMCU-2025-001
OBJETO DEL PROCESO:CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGURO PARA INCENDIO Y LÍNEAS ALEADAS, ROBO Y ASALTO DINERO EN TRANSITO, EQUIPO ELECTRÓNICO, EQUIPO Y MAQUINARIA, ROTURA DE MAQUINARIA, VEHÍCULOS Y CASCO AÉREO PARA EL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN URDANETA 2025.
DESCRIPCIÓN:El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta cuenta con bienes muebles, bienes inmuebles y equipos electrónicos de gran importancia para la institución, por esto hace preciso la contratación de seguros con el fin de garantizar la oportuna cobertura de distintos riesgos que la propiedad u otro interés asegurable sobre sus bienes muebles e inmuebles pudiera incurrir, es así que, a fin de precautelar los bienes institucionales es necesario contar con los servicios de una empresa especializada en seguros que ofrezca respuestas efectivas y oportunas.
 
 
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Pregunta 6

Pregunta / Aclaración : Favor indicar si el valor a declarar en la experiencia debe ser prima neta o prima total es decir
prima neta más contribuciones e IVA

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente el valor debe ser prima neta

Fecha Pregunta : 2025-03-21 10:52:56

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Pregunta 7

Pregunta / Aclaración : Estimada entidad, por favor sírvase indicar si para el proceso ha nombrado a un Asesor de Seguros
bróker, en caso de ser afirmativo, por favor indicar el nombre y número de credencial.

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente esta información se le entregara a la aseguradora que sea adjudicada.

Fecha Pregunta : 2025-03-21 10:53:07

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Pregunta 8

Pregunta / Aclaración : Estimada entidad contratante, de existir nombramiento de un ASESOR productor de seguros para el
proceso, se aclara que existen normativas desde los entes de control con indicación que NO APLICA
el nombramiento o contratación de un Asesor de Seguros. Recuerde que existe el PRONUNCIAMIENTO del
Dr. Diego Regalado, Procurador General del Estado, Subrogante según oficio 17244 de fecha 12 de
enero del 2022, sobre la prohibición de las entidades públicas en cuanto a la contratación O
intermediación de un asesor productor de seguros,
http://jufu1.pge.gob.ec:7782/sipge/consultas.resultado_palabra_23_1F lo cual, es una afectación
directa a nuestros intereses y orientable de reclamo ante el SERCOP. Confirmar que su nombramiento
de Asesor de Seguros no es requerida para el presente proceso de contratación y por lo tanto NO
APLICA?.

Respuesta / Aclaración :: Estimado Oferente, el pronunciamiento al que hace referencia obedece al Pronunciamiento del Dr. Diego Regalado en oficio 17244 de fecha 12 de enero del 2022, responde a la consulta realizada por el Ministerio de Defensa Nacional que pertenece al Sector: Organismos y dependencias de la función ejecutiva art. 225 y NO a Gobiernos Autónomos Descentralizados que son Provinciales, Municipales, Parroquiales y sus dependencias adscritas que gozan de la misma autonomía En relación a la consulta realizada, el pronunciamiento del Dr. Diego Regalado dice literalmente, no es viable la contratación de un asesor productor de seguros por las entidades sujetas al ámbito de esa ley, recuerde estimado oferente que en el presente caso el GAD Cantonal del Municipio de Urdaneta NO HA CONTRATADO a ningún Asesor Productor de Seguros, , y NO existe erogación de ningún tipo de recursos, NO existe tampoco ningún tipo de relación

Fecha Pregunta : 2025-03-21 10:53:15

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Pregunta 9

Pregunta / Aclaración : Estimada entidad por favor confirmar que la cobertura provisional solicitada será a partir de la
fecha de adjudicación, de ser retroactiva indicar que no existen siniestros conocidos, reportados e
incurridos a la presente fecha.

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente la cobertura provisional deberá ser desde el momento de la adjudicación.

Fecha Pregunta : 2025-03-21 10:53:22

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Pregunta 10

Pregunta / Aclaración : Estimada Entidad, por favor confirmar en caso de que el inicio de cobertura sea anterior a la fecha
de adjudicación, la entidad remitirá una carta indicando que no existen siniestros conocidos,
reportados e incurridos. Se le recuerda de la importancia de entregar la información requerida y no
redireccionar a los proveedores a los términos de referencia y/o pliegos según lo indicado en el
Art. 72 del RLOSNCP.

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente hasta la fecha la entidad no ha presentado siniestro alguno. Se adjunta carta de no siniestro

Fecha Pregunta : 2025-03-21 10:53:29

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