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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:LICO-GADIMCD-2026-01
OBJETO DEL PROCESO:CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE LINEAL DE LAS DOS ORILLAS DEL ESTERO BANIFE, DESDE LA AV VICENTE PIEDRAHITA HASTA LA CALLE JOSÉ VELEZ, EN EL CANTON DAULE
DESCRIPCIÓN:CONSTRUCCIÓN DEL PARQUE LINEAL DE LAS DOS ORILLAS DEL ESTERO BANIFE, DESDE LA AV VICENTE PIEDRAHITA HASTA LA CALLE JOSÉ VELEZ, EN EL CANTON DAULE
 
 
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Pregunta 136

Pregunta / Aclaración : SE CONSIDERARÁ CONTRUCCION DE MALECON COMO EXPERIENCIA ESPECÍFICA? MALECON ES CONSIDERADO PARQUE
TAMBIÉN. RESPONDER CON SÍ O NO. GRACIAS

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente, las condiciones particulares de los pliegos del presente proceso indican en la SECCION IV, VERIFICACION Y EVALUACION DE LAS OFERTAS, 4.1.4.1 Experiencia general y especifica del oferente, literal b) Experiencia Específica: Para el caso de la experiencia específica, cada oferente deberá acreditar al menos un (1) proyecto en CONSTRUCCIÓN DE PARQUES, ejecutados durante los últimos 20 años previos desde la presentación de oferta del presente procedimiento; y cuyo monto de experiencia alcance mínimo el 25% del presupuesto referencial del presente proceso, es decir, de USD 1296.036,33232 monto mínimo por contrato es de USD 324.009,08308 en relación al monto determinado en la experiencia mínima específica, por lo tanto, no se acepta lo solicitado.

Fecha Pregunta : 2026-03-19 17:58:51

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LICO-GADIMCD-2026-01_ACTA_2_DE_PREGUNTAS_RESPUESTAS_Y_ACLARACIONES-signed-signed-signed-signed-signed-signed.pdf(LICO-GADIMCD-2026-01_ACTA_2_DE_PREGUNTAS_RESPUESTAS_Y_ACLARACIONES-signed-signed-signed-signed-signe)

Pregunta 137

Pregunta / Aclaración : COMO EXPERIENCIA ESPECIFICA SIRVEN OBRAS DE REGENERACION URBANA? RESPONDER CON SÍ O NO. GRACIAS

Respuesta / Aclaración :: Estimado oferente, las condiciones particulares de los pliegos del presente proceso indican en la SECCION IV, VERIFICACION Y EVALUACION DE LAS OFERTAS, 4.1.4.1 Experiencia general y especifica del oferente, literal b) Experiencia Específica: Para el caso de la experiencia específica, cada oferente deberá acreditar al menos un (1) proyecto en CONSTRUCCIÓN DE PARQUES, ejecutados durante los últimos 20 años previos desde la presentación de oferta del presente procedimiento; y cuyo monto de experiencia alcance mínimo el 25% del presupuesto referencial del presente proceso, es decir, de USD 1296.036,33232 monto mínimo por contrato es de USD 324.009,08308 en relación al monto determinado en la experiencia mínima específica, por lo tanto, no se acepta lo solicitado.

Fecha Pregunta : 2026-03-19 17:59:28

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Pregunta 138

Pregunta / Aclaración : ACLARACION

Respuesta / Aclaración :: Los miembros de la Comisión Técnica procedemos aclarar el numeral 3.3 Vigencia de la Oferta de la Sección III Condiciones del procedimiento, siendo lo correcto 45 días.

Fecha Pregunta : 2026-03-27 15:41:32

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Pregunta 139

Pregunta / Aclaración : ACLARACION

Respuesta / Aclaración :: Los miembros de la Comisión Técnica procedemos aclarar el numeral 4.2 Evaluación por puntaje de la Sección IV Verificación y evaluación de las ofertas, en la sección SUBCONTRATACIÓN, por lo que deberá considerar lo siguiente: Art. 266. Subcontratación. - ?(?) el contratista podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el Registro Único de Proveedores, RUP, parte de sus prestaciones, siempre y cuando la entidad contratante apruebe por escrito previamente la subcontratación hasta un porcentaje no mayor al 30% debidamente justificado. Con excepción de los contratos de consultoría que prevean la ejecución de servicios de apoyo que no puedan ser provistos de manera directa por el consultor, en los cuales se podrán subcontratar, según los porcentajes previstos en la negociación, sin que exista límite para ello. (?)?. Art. 266 Subcontratación preferente para licitación de obras del último Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en régimen

Fecha Pregunta : 2026-03-27 15:41:45

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Pregunta 140

Pregunta / Aclaración : ACLARACION

Respuesta / Aclaración :: Los miembros de la Comisión Técnica procedemos aclarar que la inconsistencia identificada en el plano de implantación de la Ribera Norte ha sido corregida mediante la actualización de los planos correspondientes, los cuales se adjuntan al presente proceso en las láminas L-N-ARQ-6, L-N-ARQ-7, L-N-ARQ-8, L-N-ARQ-9. En este sentido, las cantidades correctas de bolardos deberán ser consideradas conforme a la información actualizada contenida en dichas láminas. Se adjunta link donde se encuentra la información solicitada: https://drive.google.com/drive/folders/1PjgX8y5O4BCu882zGDo0Eua0IpydVBCh?usp=drive_link

Fecha Pregunta : 2026-03-27 15:41:56

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