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Pregunta 1 Pregunta / Aclaración :
¿El censo se realizará sólo a las Asociaciones del Pueblo montubio de la Provincia de Los Ríos, Respuesta / Aclaración ::
El censo poblacional que el CODEPMOC requiere ejecutar y que es motivo de esta Consultoría, se
realizará en aquellas comunidades montubias que se encuentran ejecutando el Proceso de Desarrollo
del Pueblo Montubio (doscientos cincuenta y dos comunidades señaladas en el Anexo 5) y en aquellas
comunidades montubias que no están ejecutando el Proceso de Desarrollo pero que están definidas
como Pueblo Montubio en la provincia de Los Ríos, ésta última información servirá de sustento
para cumplir con lo señalado en el numeral 4.2 Objetivos específicos, párrafo primero. Fecha Pregunta :
2008-09-16 13:11:42 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 2 Pregunta / Aclaración :
¿El censo se realizará a las Asociaciones del pueblo montubio de la Provincia de Los Ríos, Respuesta / Aclaración ::
SI, efectivamente, el censo se realizará a aquellas comunidades montubias (doscientos cincuenta y
dos, Anexo 5) y a cada una de las familias y sus miembros que integran cada una de las comunidades
que se encuentran ejecutando el Proceso de Desarrollo del Pueblo Montubio y que pertenecen a la
provincia de Los Ríos.
También igual que la pregunta No. 1, se realizará en aquellas comunidades montubias que no están
ejecutando el Proceso de Desarrollo pero que están definidas como Pueblo Montubio en la provincia
de Los Ríos, información significativa que servirá de insumo fundamental para cumplir con lo
señalado en el numeral 4.2 Objetivos específicos, párrafo primero. Fecha Pregunta :
2008-09-16 13:14:11 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 3 Pregunta / Aclaración :
Las 7562 familias que se establece en el párrafo 3ero. del Anexo IV, punto 3 Metodología, Respuesta / Aclaración ::
Corresponde al mismo indicador, cuyo número total de familias es de 7.502 que se encuentran
ejecutando el Proceso de Desarrollo del Pueblo Montubio y no de 7.562, tal como se señala en el
Anexo 5 de estos Pliegos. Lo sucedido obedece a un error de tipeo. Fecha Pregunta :
2008-09-16 13:16:23 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 4 Pregunta / Aclaración :
En el Anexo IV, presupuesto estimado y forma de pago, en el primer párrafo se señala: "...40% al Respuesta / Aclaración ::
El 40% corresponde al valor otorgado como anticipo, posteriormente la persona natural o jurídica
que ejecute la Consultoría enviará dos informes mensuales de avance y un Informe Final con
planillas correspondientes. Dichos informes técnicos contendrán registros de los progresos
alcanzados de la ejecución de las actividades programadas (aquí se determinará el porcentaje de
avance, que deberá estar en concordancia con la oferta técnica, su cronograma de actividades y su
Plan de Trabajo presentado), adjuntará además la respectiva factura. Para que institución proceda
con pago, la Dirección de Planificación y Desarrollo deberá realizar un análisis al Informe
presentado corroborando o rectificando el porcentaje de avance y posteriormente emitirá su Informe,
que de ser Favorable, permitirá a la contratada el cobro de los valores adeudados. Fecha Pregunta :
2008-09-16 13:19:15 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 5 Pregunta / Aclaración :
En productos esperados, párrafo 2 de la pág. 36 del Anexo IV se señala: "Se espera contar con Respuesta / Aclaración ::
NO es otro producto, esta información se colegirá de la hoja censal que será el instrumento para
la recolección de datos en cada una de las comunidades y en cada una de las familias montubias a
ser censadas. Fecha Pregunta :
2008-09-16 13:23:22 Archivo(s) Relacionado(s) : |