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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:LICS-CJ-DNA-001-2020
OBJETO DEL PROCESO:CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA EL CONSEJO DE LA JUDICATURA A NIVEL NACIONAL
DESCRIPCIÓN:CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA EL CONSEJO DE LA JUDICATURA A NIVEL NACIONAL
 
 
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Pregunta 51

Pregunta / Aclaración : Favor confirmar que para acreditar la experiencia del personal técnico se podrá aceptar
certificados emitidos por entidades contratantes firmados por administradores del contrato y no solo
por el representante legal o apoderado especial, ya que el administrador es parte de la empresa y
quien recibe el trato directo del ejecutivo por tanto también puede certificar que recibe la
atención del personal técnico.

Respuesta / Aclaración :: Para acreditar la experiencia para el personal técnico como ejecutivo de cuenta y ejecutivo de indemnizaciones dentro de los últimos 10 años en el manejo de cuentas de seguros, al haber participado como ejecutivo de cuenta y ejecutivo de indemnizaciones respectivamente, en proyectos similares a la presente contratación, mediante la presentación de uno a tres certificados emitidos por el OFERENTE que en forma individual o sumados entre si acrediten el monto mínimo de US$ 500.000,00 por cada técnico.Estos documentos deberán estar firmados por el representante legal o apoderado debiendo incluir dirección, números telefónicos, adicionalmente se deberá presentar la hoja de vida, certificado de registro del título en el SENESCYT, el mecanizado del IESS Historia Laboral IESS, para realizar las verificaciones respectivas.

Fecha Pregunta : 2020-02-06 11:44:12

Proveedor que realizó la pregunta: HISPANA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

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Pregunta 52

Pregunta / Aclaración : Dado que la póliza es un documento privado en la cual versa información confidencial de nuestros
clientes, es posible presentar para el cumplimiento de la experiencia tanto mínima como de puntaje
las copias simples de las carátulas de las pólizas, ya que en estos se encuentra toda la
información pertinente a ser considerada para vuestra revisión tales como: Contratante, Primas
Netas y/o totales, fecha de inicio y fin de vigencia, Ramo de Seguro contratado, adjuntando como
respaldo el certificado emitido por entidades contratantes.

Respuesta / Aclaración :: La entidad contratante aclara que los oferentes pueden respaldar su oferta con la presentación de la carátula adjunta a los certificados que se han solicitado tanto para la experiencia general y específica, por cuanto se requiere verificar el cumplimiento contractual.

Fecha Pregunta : 2020-02-06 11:47:12

Proveedor que realizó la pregunta: HISPANA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

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Pregunta 53

Pregunta / Aclaración : Favor confirmar si la entidad contratante cuenta con Broker o Asesor de Seguros nombrado.

Respuesta / Aclaración :: El Consejo de la Judicatura no ha designado un asesor / productor de seguros.

Fecha Pregunta : 2020-02-06 11:48:20

Proveedor que realizó la pregunta: HISPANA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

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Pregunta 54

Pregunta / Aclaración : Favor confirmar que parte de la calificación de la experiencia general podrá ser destinada a la
calificación de riesgo que tenga cada compañía oferente, dado que con dicho documento se podrá
tener constancia de la trayectoria de pago de siniestros y capacidad para cumplir con sus asegurados
y sus obligaciones contractuales, fortaleza financiera y capacidad para enfrentar cambios adversos
del negocio y de la economía con un mínimo impacto. Indicada la importancia de otorgar puntuación
a la calificación de riesgo se sugiere se otorgue la máxima calificación a los oferentes que
cuenten con una categoría de AAA, y a las demás ofertas se califique de manera proporcional, para
lo cual sugerimos modificar el rubro o parámetro de experiencia general, en lo que corresponde a la
puntuación, de así creerlo conveniente.

Respuesta / Aclaración :: En aplicación de los principios rectores de contratación pública, la entidad definió los parámetros de calificación.

Fecha Pregunta : 2020-02-06 11:49:41

Proveedor que realizó la pregunta: HISPANA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

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Pregunta 55

Pregunta / Aclaración : En condiciones especiales aplican para toda la póliza Multiriesgo.En el punto 7. Se indica ?pago
directo de los reaseguradores. En caso de impedimento de pago de parte de la compañía de seguros,
a solicitud del Asegurado, se podrá pedir que la indemnización de siniestros cubiertos por la
póliza, sean realizados directamente por parte de los reaseguradores al Asegurado y/o a los
proveedores de bienes y/o servicios correspondientes al siniestro. Favor indicarnos como proceder
para cumplir con esta condición especial ya que el contrato es celebrado ente el Consejo de la
judicatura y la compañía cedente en Ecuador y las compañías cedentes y/o los asegurados no
pueden ir en contra de lo que indica la ley de seguros respecto de la liquidación de compañías

Respuesta / Aclaración :: De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, se elimina el párrafo: ?Pago directo de los reaseguradores: En caso de impedimento de pago de parte de la compañía de seguros, a solicitud del Asegurado, se podrá pedir que la indemnización de siniestros cubiertos por la póliza, sean realizados directamente por parte de los reaseguradores al Asegurado y/o a los proveedores de bienes y/o servicios correspondientes al siniestro?, contenido en la póliza multiriesgo en la ?CLÁUSULA DE PROPIEDAD HORIZONTAL?.

Fecha Pregunta : 2020-02-06 14:34:46

Proveedor que realizó la pregunta: SEGUROS ALIANZA S A

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