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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:009-SIE-CNTTTSV-2009
OBJETO DEL PROCESO:ADQUISICION DE LUBRICANTES PARA LOS VEHICULOS Y MOTOCICLETAS DEL SERVICIO DE TRANSITO A NIVEL NACIONAL
DESCRIPCIÓN:ADQUISICION DE LUBRICANTES PARA LOS VEHICULOS Y MOTOCICLETAS DEL SERVICIO DE TRANSITO A NIVEL NACIONAL
 
 
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Pregunta 16

Pregunta / Aclaración : En la seccion 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS, se requeire aceite aceite para motores SAE15W40 con el
cumplimiento de las calidades API CH-4 o CI-4, requerimos saber si es suficiente con ofertar un
lubricante que cumpla solamente con la calidad API-CH-4 ?

Respuesta / Aclaración :: Buenas días la Comisión Técnica de Subasta Inversa responde: Con cualquiera de las dos especificaciones técnicas se cumpliría con los requerimientos del proceso, debiendo presentarse una sola muestra por cada item.

Fecha Pregunta : 2009-07-13 10:39:27

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Pregunta 17

Pregunta / Aclaración : En la seccion 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS, requieren que los lubricantes sean mezclados, es decir
fabricados en Ecuador, por lo que se debe entender que los lubricantes elaborados en otros paises no
califican ?

Respuesta / Aclaración :: Buenas días la Comisión Técnica de Subasta Inversa responde: De conformidad con lo que establece el Art. 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, La Comisión Técnica de Subasta Inversa Electrónica realizará una aclaración para todos los oferentes.

Fecha Pregunta : 2009-07-13 10:46:19

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Pregunta 18

Pregunta / Aclaración : En la seccion 4 ESPECIFICACIONES TECNICAS, requeiren aceites para transmisiones SAE75W90 Y SAE80W90,
que sean elaborados con basicos GRUPO 2, lo que es incorrecto, ya que los BASICOS GRUPO 2 se usan
para elaborar aceites de motor, y NO EXISTEN BASICOS GRUPO 2 PARA ELABORAR ACEITES DE ENGRANAJES.
Por favor aclara si es necesario usar basicos de grupo 2 para elaborar los aceites de transmision
que uds solicitan.

Respuesta / Aclaración :: Buenas días la Comisión Técnica de Subasta Inversa responde: De conformidad con lo que establece el Art. 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, La Comisión Técnica de Subasta Inversa Electrónica realizará una aclaración para todos los oferentes.

Fecha Pregunta : 2009-07-13 10:50:59

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Pregunta 19

Pregunta / Aclaración : ?Como se va a verificar que los oferentes, cumplan con el requerimiento de usar basicos grupo 2 para
la elaboracion de los aceites de motores ?

Respuesta / Aclaración :: Buenas días la Comisión Técnica de Subasta Inversa responde: De conformidad con lo que establece el Art. 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, La Comisión Técnica de Subasta Inversa Electrónica realizará una aclaración para todos los oferentes.

Fecha Pregunta : 2009-07-13 10:52:38

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Pregunta 20

Pregunta / Aclaración : En el capitulo 3 en el punto 3.1.2 dice que la comision nombrara "una comision tecnica de apoyo", la
misma que se encargara de realizar un protocolo de pruebas que verificara las muestras de los bienes
ofertados, seria conveniente conocer que tipos de pruebas se realizaran, con la finalidad de
presentar certificados de analisis de laboratorio con el cumplimento de las mismas pruebas por cada
uno de los aceites ofertados ?

Respuesta / Aclaración :: Buenas días la Comisión Técnica de Subasta Inversa responde: En caso de poseer certificados el oferente presentará los mismos.

Fecha Pregunta : 2009-07-13 10:58:24

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