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Pregunta 16 Pregunta / Aclaración :
en el capitulo siete numeral 7.1. literal k solicitan autorizacion para el uso de uniformes emitida Respuesta / Aclaración ::
Efectivamente, se aclara que lo requerido en el literal k) numeral 7.1 del capítulo 7 de los
pliegos, se refiere al literal f) del artículo 12 del Reglamento a la Ley de Vigilancia y Seguridad
Privada, esto es, el permiso de uniformes otorgado por el Ministerio de Gobierno y Policía a
través del Departamento de Control y Supervisión de las Compañías de Seguridad Privada de la
Inspectoría General de la Policía Nacional. Fecha Pregunta :
2009-05-26 15:10:48 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 17 Pregunta / Aclaración :
en el capitulo 7 numeral 7.1. requisitos minimos literal j se solicita certificado actualizado de Respuesta / Aclaración ::
El Capitulo 7 subnumeral 7.2.1.- establece la forma de presentación de las ofertas, esto es, que
todos los documentos que conforman la Oferta técnica del ejemplar marcado como original, serán
originales o copias certificadas por autoridad competente. Fecha Pregunta :
2009-05-26 15:19:25 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 18 Pregunta / Aclaración :
7.1 REQUISITOS MINIMOS: A qué se refiere el literal e) que textualmente dice: Permiso de Operación Respuesta / Aclaración ::
Aclaramos que se refiere al permiso de operación indicado en el artículo 14 del Reglamento a la
Ley de Vigilancia y Seguridad Privada, mismo que establece que las compañías de vigilancia y
seguridad privada, para obtener el permiso de operación, deberán solicitarlo por escrito al
Ministerio de Gobierno y Policía, a través de solicitud suscrita por el representante legal. Fecha Pregunta :
2009-05-27 07:55:19 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 19 Pregunta / Aclaración :
REQUISITOS MINIMOS: A qué se refiere el literal n) Copia de la inscripción en el Comando Conjunto Respuesta / Aclaración ::
Se refiere al artículo 12 del Reglamento a la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada, el cual
establece que las compañías de vigilancia y seguridad legalmente constituidas e inscritas en el
Registro Mercantil, previo a la obtención del permiso de operación, se deberán inscribir en el
registro especial que establezca el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Comandancia General
de la Policía, previa notificación de la Superintendencia de Compañías. Fecha Pregunta :
2009-05-27 07:58:05 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 20 Pregunta / Aclaración :
LA INSPECCION ES OBLIGATORIA Y HASTA CUANDO? Y SI ES, NOS ENTREGAN ALGUN CERTIFICADO DE LA Respuesta / Aclaración ::
La inspección es obligatoria y la pueden realizar, previa cita con el Supervisor de Seguridad Sr.
Bustamante, en cualquier momento antes de presentar su Oferta Técnica.
Se entregara un Certificado de Visita Técnica el cual deberá ser adjuntado a la Oferta Técnica
que presente cada Compañía.
Esto esta claramente indicado en los Pliegos en el Capitulo 1, numeral 1.2.9 literal a)
Favor concertar la Cita con el Sr. Bustamante a los teléfonos 2870000 extensión 278
Celular : 0 800 74 600
Fecha Pregunta :
2009-05-27 13:26:43 Archivo(s) Relacionado(s) : |