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Pregunta 1
Pregunta / Aclaración :
Señor Ingeniero
Carlos Andrade Faini
GERENTE GENERAL
EMPRESA ELECTRICA QUITO S.A.
Ciudad.-
REF.: CONTRATACION DE SEGUROS GENERALES PARA LA EMPRESA ELECTRICA QUITO S.A.
De mi consideración:
De acuerdo con lo estipulado en los documentos precontractuales, de la manera más atenta solicito a usted la aclaración respectiva a las siguientes inquietudes:
1. Favor aclarar si la fecha de presentación de la oferta es el 5 de noviembre de 2007 o el 7 de noviembre de 2007
2. En las bases se solicita confirmación de respaldo facultativo solamente para la Póliza Multiriesgo, sin embargo la Póliza de Responsabilidad Civil excede también las capacidades automáticas de las compañías aseguradoras. Confirmar si se debe confirmar respaldo facultativo para esta póliza y en qué porcentaje
Respuesta / Aclaración ::
Fecha Pregunta :
2008-10-24 09:58:27
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Pregunta 2
Pregunta / Aclaración :
Continuación...
3. La Superintendencia de Bancos y Seguros no otorga certificado de índices financieros, razón por la cual podemos presentar el cálculo de los índices solicitados pero sin una certificación de la entidad de control
4. En el numeral 4.1.3 se solicita el pago al SRI del impuesto a la renta de los dos últimos meses, sin embargo este pago se realiza únicamente en forma anual. Adicionalmente, dentro de las obligaciones tributarias de una aseguradora, no se incluye el pago del impuesto al patrimonio.
Por lo señalado solicito rectificar la información solicitada en este punto.
5. En el numeral 4.1.4 se solicita la presentación de las variaciones económicas entre el estado de situación financiera del último ejercicio fiscal y la fecha de presentación de la oferta. Le pido tomar en consideración que estas variaciones pueden ser presentadas al 30 de septiembre de 2008, que es la fecha del último balance presentado a la Superintendencia de Bancos y Seguros
Respuesta / Aclaración ::
Fecha Pregunta :
2008-10-24 09:59:35
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Pregunta 3
Pregunta / Aclaración :
Continuación....
6. Se establece que dentro de 30 días luego de la notificación de adjudicación, el original de la nota de cobertura legalmente traducida al castellano, notariada y autenticada por el cónsul del Ecuador u otro agente diplomático en el país de origen (adjuntar versión en inglés), por la cual los reaseguradores confirman la aceptación del 100% del reaseguro, debe estar firmada por todos los reaseguradores y determinar su participación porcentual debiendo ser los mismos de la oferta. Solicitamos a usted eliminar dentro de este requisito la firma de todos los reaseguradores en la nota de cobertura ya que para los reaseguradores no es práctica usual firmar una nota de cobertura además de considerar que en este tipo de riesgos la participación de reaseguradores puede llegar a alcanzar un número muy significativo de participantes localizados alrededor del mundo.
Respuesta / Aclaración ::
Fecha Pregunta :
2008-10-24 10:01:18
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Pregunta 4
Pregunta / Aclaración :
Continuación...
7. POLIZA DE SEGURO MULTIRIESGO
Dentro de los requerimientos técnicos de la póliza solicitada no se detalla la cobertura específica requerida para cada ramo que se desea amparar, así como tampoco exclusiones específicas. Entendemos que lo no mencionado en las condiciones particulares se adhiere al texto y condicionado general de la póliza multiriesgo que las compañías de seguros tengan debidamente aprobadas.
8. LUCRO CESANTE
Favor aclarar en qué forma se ha determinado la suma asegurada para lucro cesante y los rubros asegurados, para la cual adjunto el formulario que debe ser debidamente completado por ustedes.
Solicitamos esta aclaración ya que existe un incremento respecto a la suma asegurada actual.
Respecto a la aclaración 6.2 de la página 29 de las bases, tomar en cuenta que esto está sujeto al periodo en base al cual se determina la suma asegurada, por esto es muy importante completar la información más arriba señalada
Respuesta / Aclaración ::
Fecha Pregunta :
2008-10-24 10:02:04
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Pregunta 5
Pregunta / Aclaración :
Continuación......
9. POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Ingresos facturados en el año 2007 y estimados para el 2008
Distribución de abonados por: sector industrial, sector comercial y sector residencial
10. ANEXO GENERAL PARA TODAS LAS POLIZAS
Cláusula de 30 días hábiles para notificación de siniestros: Favor tomar en cuenta que la notificación de siniestros no puede tener carácter indefinido y que el plazo adicional de 120 días calendario será contado desde la fecha de ocurrencia del siniestro
Sin otro particular por el momento, suscribo con un cordial saludo.
Atentamente,
COLONIAL CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
María Agusta Aguirre
GERENTE COMERCIAL
Nota: Se está enviando este documento junto con el formulario de Lucro Cesante a las oficinas de la Empresa Eléctrica Quito.
Respuesta / Aclaración ::
Fecha Pregunta :
2008-10-24 10:03:15
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