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Información del Proceso de Contratación
CÓDIGO:CPC-MDMQ-AG-01-2013
OBJETO DEL PROCESO:CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA IMPOSITIVO DE LA PROPIEDAD
DESCRIPCIÓN:CONSULTORÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA IMPOSITIVO DE LA PROPIEDAD
 
 
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Pregunta 1

Pregunta / Aclaración : En el punto 4.1.1, en la página 17, se señala que la aplicación tomará las peticiones desde el
BPM institucional. Esto significa que no será necesario desarrollar una pantalla de administración
de Exoneraciones independiente en el sistema?

Respuesta / Aclaración :: El BPM es el gestor o administrador de los procesos del negocio y es justamente aquí donde se inicia todo proceso, se genera en base a la información del pedido un número de trámite el cual a futuro servirá para realizar el seguimiento del mismo, estará enlazado al predial el mismo que contemplará las reglas del negocio, se deberá implementar toda la lógica del negocio transaccional en el predial y los procesos de integración a otros sistema en el BPM. La pantalla de administración de exoneraciones si es necesaria por parametrización del mismo producto.

Fecha Pregunta : 2013-09-03 14:46:07

Proveedor que realizó la pregunta: SMARTWORK S.A.

Archivo(s) Relacionado(s) :

Acta_preguntas_respuestas_aclaraciones.pdf(ACTA DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES)

Pregunta 2

Pregunta / Aclaración : En el punto 4.1.3, en la página 18 se explica la necesidad de soportar determinaciones de años
anteriores. Por favor explicar más detalladamente los requerimientos funcionales de este punto.
Cuáles son las pantallas o procesos que el nuevo sistema debe realizar específicamente y cuál es
la participación del BPM?

Respuesta / Aclaración :: Las determinaciones tributarias son el resultado de los ajustes o reliquidaciones a los impuestos prediales de los años tributarios que no han prescrito y estos se pueden dar con o sin pedido del contribuyente, cuando es a pedido del contribuyente el proceso se iniciará como toda gestión en el BPM institucional (Skelta). Caso contrario y de ser necesario de acuerdo a las disposiciones emitidas será un proceso masivo contemplado para todos los predios a tomarse en cuenta en la emisión anual o bajo pedido.

Fecha Pregunta : 2013-09-03 14:49:48

Proveedor que realizó la pregunta: SMARTWORK S.A.

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Pregunta 3

Pregunta / Aclaración : Por favor aclarar si se podrá disponer de información histórica de años anteriores del Catastro
Municipal.

Respuesta / Aclaración :: Para el nuevo sistema predial es necesario los catastros del año 2008 en adelante, ya que de acuerdo al alcance del sistema, lo valores por concepto de tributos prediales de años anteriores al 2008 se seguirían recalculando en el REHOSTING HP-UIX (programas cobol/archivos vsam) y generando un archivo el cual será accesado mediante una interfaz.

Fecha Pregunta : 2013-09-03 14:50:34

Proveedor que realizó la pregunta: SMARTWORK S.A.

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Pregunta 4

Pregunta / Aclaración : En el punto 4.1.3.1, en la página 19, se señala que se deberá contemplar un módulo de
administración de Devoluciones y Compensaciones. Cuál es el rol específico que deberá jugar el
BPM y el nuevo sistema? La emisión automática de notas de crédito o acreditaciones a cuenta, a
cargo de qué sistema Municipal estará a cargo?

Respuesta / Aclaración :: El BPM es el inicio o punto de partida de toda la gestión a propósito de la solicitud que presenta un contribuyente. EL módulo de administración de Devoluciones y Compensaciones consiste en considerar los valores devueltos o acreditados con anterioridad antes de emitir un nuevo valor por concepto de reliquidación de impuestos a favor del contribuyente (devolución/compensación) o generar valores por diferencias no pagadas por error de cálculo o cualquier consideración no tomada en cuenta (a favor del MDMQ). El sistema que se encarga de la emisión de notas de crédito o acreditaciones a cuentas es el sistema contable.

Fecha Pregunta : 2013-09-03 14:53:10

Proveedor que realizó la pregunta: SMARTWORK S.A.

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Pregunta 5

Pregunta / Aclaración : En el modelo de Formulario Nro. 3, hoja 40, en la nota de la parte inferior se señala que si no se
adjunta el certificado notariado u original, tendrá un valor cuantitativo de cero. Tengo entendido
que la entidad contratante no debe solicitar documentos notarizados durante el proceso de
contratación, sino solamente al adjudicado a momento de la firma del contrato, por favor aclarar.

Respuesta / Aclaración :: El texto indicado se encuentra presente en el modelo de pliegos emitido por el INCOP, por lo tanto tiene que ser observado.

Fecha Pregunta : 2013-09-03 14:59:37

Proveedor que realizó la pregunta: SMARTWORK S.A.

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