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Pregunta 1 Pregunta / Aclaración :
Por favor aclarar si ustedes entregará los artes finales en formato digital. Asimismo aclarar si Respuesta / Aclaración ::
La Dirección de Acción Social y Educación de la M.I. Municipalidad de Guayaquil procederá a la
entrega de los artes finales en formato digital. El tamaño de los folletos es cerrado siendo la
medida de cada página es 14 cm x 21 cm. Fecha Pregunta :
2009-07-09 12:51:36 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 2 Pregunta / Aclaración :
No se indica el tamaño de las tarjetas. Se entiende que la impresion es a un solo lado. Por favor Respuesta / Aclaración ::
El tamaño de las tarjetas es de 8,60 cm x 5.5 cm. La impresión es de tiro y retiro (anverso y
reverso) Fecha Pregunta :
2009-07-09 16:28:35 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 3 Pregunta / Aclaración :
ACLARACION Respuesta / Aclaración ::
El delegado del Alcalde resuelve modificar los pliegos, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública y Capítulo 2, Subnumeral 2.1.2 Respuestas, así como también el subnumeral 2.1.3.
Limitación de las Aclaraciones de la Subasta Inversa Electrónica, de los pliegos del presente
concurso de la siguiente forma: En la Sección 2 capitulo 6, numeral 6.1. “REQUISITOS MINIMOS”
Agréguese: el literal i) FORMULARIO No. 4 (se adjunta en formato Word); Fecha Pregunta :
2009-07-15 10:36:32 Archivo(s) Relacionado(s) : FORMULARIO RESOLUCIÓN 28 INCOP.doc(FORMULARIO No. 4) |
Pregunta 4 Pregunta / Aclaración :
ACLARACION Respuesta / Aclaración ::
El delegado del Alcalde………, de los pliegos del presente concurso de la siguiente forma: En
la Sección 3 “PROYECTO DEL CONT.”Clausula Décima tercera: “ DE LA TERMINACIÓN DE LOS
CONTRATOS”Numeral 13.03 “TERMINACION UNILATERAL DEL CONTRATO” a continuación del numeral 6,
lo siguiente: En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se
inscribirá al contratista como incumplido. En este último caso, el contratista tiene la
obligación de devolver el monto del anticipo no amortizado en el término de treinta (30) días de
haberse notificado la terminación unilateral del contrato en la que constará la liquidación del
anticipo, y en caso de no hacerlo en término señalado, la entidad procederá a la ejecución de la
garantía de Buen Uso del Anticipo por el monto no devengado. El no pago de la liquidación en el
término señalado, dará lugar al pago de intereses desde la fecha de notificación; intereses que
se imputará a la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Fecha Pregunta :
2009-07-15 11:06:56 Archivo(s) Relacionado(s) : |
Pregunta 5 Pregunta / Aclaración :
ACLARACION Respuesta / Aclaración ::
El delegado del Alcalde resuelve modificar los pliegos, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública y Capítulo 2, Subnumeral 2.1.2 Respuestas, así como también el subnumeral 2.1.3.
Limitación de las Aclaraciones de la Subasta Inversa Electrónica, de los pliegos del presente
concurso de la siguiente forma: En la Sección 3 “PROYECTO DEL CONTRATO” Clausula Décima
tercera: “ DE LA TERMINACIÓN DE LOS CONTRATOS” Numeral 13.03 “TERMINACION UNILATERAL DEL
CONTRATO” agréguese el numeral 7: Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de
fiel cumplimiento del contrato; Fecha Pregunta :
2009-07-15 11:07:47 Archivo(s) Relacionado(s) : |