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Pregunta 36
Pregunta / Aclaración :
Pregunta: Señores del SERCOP, en la ficha CAM-14-R02 referida a las camas de terapia física, se están solicitando características que no cumplen con el principio de igualdad, trato justo, ejemplo: En el ítem ESTRUCTURA solicitan dos materiales que no tienen el mismo precio en el mercado, debido al proceso de fabricación que incide al final en la calidad. No es lo mismo el acero inoxidable que el acero con acabado electrostático. Este requerimiento no es homogéneo ni comparable en igualdad de condiciones. Por eso existen diferentes precios de camillas de trauma en el mercado, pasaría que todas cumplirían por especificaciones mínimas, pero en el momento de la oferta económica las de mayor calidad y prestaciones, estarían en desventaja durante la calificación. Esto contradice el Articulo 42 del RLOSNCP.
Respuesta / Aclaración ::
Estimados proveedores: El objetivo de incluir varias alternativas, es con la finalidad de no cerrar
el mercado, por lo tanto sírvase ofertar el tipo de tecnología que distribuya.
Fecha Pregunta :
2014-01-24 17:23:52
Proveedor que realizó la pregunta: NEGOTECNO S.A.
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Pregunta 37
Pregunta / Aclaración :
Señores del SERCOP, en la ficha CAM-14-R02 referida a las camas para terapia física, en el ítem Dimensiones, no se especifica si corresponden a la camilla o a la superficie del paciente. Recordemos que lo planteado está relacionado con una disposición obligatoria contenida en el Articulo 4 literal c) de la Resolución N INCOP 054-2011, publicada el 12 de noviembre del 2011, que literalmente dice lo siguiente: ?Las especificaciones han de ser claras, completas e inequívocas?.
Respuesta / Aclaración ::
Estimados proveedores: Como se especifica en la ficha técnica CAM-14, las dimensiones son las
totales.
Fecha Pregunta :
2014-01-24 17:24:14
Proveedor que realizó la pregunta: NEGOTECNO S.A.
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Pregunta 38
Pregunta / Aclaración :
Pregunta: Señores del SERCOP, en la ficha CAM-12-R04 referida a las camillas de exploración, se están solicitando características que no cumplen con el principio de igualdad, trato justo, ejemplo: En el ítem ESTRUCTURA solicitan dos materiales que no tienen el mismo precio en el mercado, debido al proceso de fabricación que incide al final en la calidad. No es lo mismo el acero inoxidable que el acero con acabado electrostático. Este requerimiento no es homogéneo ni comparable en igualdad de condiciones. Por eso existen diferentes precios de camillas de exploración en el mercado, pasaría que todas cumplirían por especificaciones mínimas, pero en el momento de la oferta económica las de mayor calidad y prestaciones, estarían en desventaja durante la calificación. Esto contradice el Articulo 42 del RLOSNCP.
Respuesta / Aclaración ::
Estimados proveedores: El objetivo de incluir varias alternativas, es con la finalidad de no cerrar
el mercado, por lo tanto sírvase ofertar el tipo de tecnología que distribuya.
Fecha Pregunta :
2014-01-24 17:24:35
Proveedor que realizó la pregunta: NEGOTECNO S.A.
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Pregunta 39
Pregunta / Aclaración :
Señores del SERCOP, en la ficha COL-01-R02, referida a Colchón Neumático Anti escaras, existe una ambigüedad en la ficha, pues el nombre genérico es Colchón Neumático Anti escaras y la definición que consta en la ficha es: Colchoneta de espuma recubierta de material sintético anti escaras?.. La diferencia entre un colchón Anti escaras neumático y una colchoneta es básicamente las prestaciones con respecto al paciente que se reflejan en el PRECIO, la colchoneta cuesta 100 usd promedio y el colchón cuesta 8000, usd promedio en fábrica. Esta ambigüedad es prohibida por la disposición contenida en el Articulo 4 literal c) de la Resolución N INCOP 054-2011, publicada el 12 de noviembre del 2011, que literalmente dice lo siguiente: ?Las especificaciones han de ser claras, completas e INEQUÍVOCAS?.
Respuesta / Aclaración ::
Estimados proveedores: En la definición de la ficha COL-01 se habla de presión regulada, y en las
características se describe presiones y flujos de la bomba, la misma que puede ser neumática o
hidráulica.
Fecha Pregunta :
2014-01-24 17:24:59
Proveedor que realizó la pregunta: NEGOTECNO S.A.
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Pregunta 40
Pregunta / Aclaración :
Señores del SERCOP, solicitamos se revise la ficha técnica COL-03-R02, referida a Colchón Hospitalario con protección anti escara básica, debido a que el material solicitado: Espuma de poliuretano, no regula temperatura y pierde firmeza con el uso, un colchón con protección anti escaras debe ser un colchón vizcoelástico con efecto de memoria, antialérgico y anti bacteriano, con una alta densidad (entre 70 y 85 Kg/m3). Las empresas que cumplen con el certificado CE y FDA por regulación en los mercados y la protección al paciente tienen los colchones con esos valores de densidad, precisamente por exigencia de estas certificaciones, por tanto volveríamos a estar en desigualdad de condiciones y oportunidades ignorando varios de los principios del Articulo 4 de la LOSNCP especialmente del trato justo, igualdad, oportunidad
Respuesta / Aclaración ::
Estimados proveedores: Las fichas técnicas presentan los parámetros mínimos de cumplimiento, se
puede ofertar colchones de mejores características, como usted menciona deben estar en función a
las certificaciones CE ó FDA.
Fecha Pregunta :
2014-01-24 17:25:25
Proveedor que realizó la pregunta: NEGOTECNO S.A.
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